Posted By Serveco on/at 10:55

Hoy me gustaría comentar una nueva ayuda dada a los Bancos y Cajas de Ahorro. Solo que esta, dada su complejidad técnica no sale en los telediarios y es mucho más sibilina.

El pasado 27 de octubre se publicó en el BOE la Ley 11/2009 por la que se regulan las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario, esto es, SOCIMI.

Aunque no se diga expresamente, se trata de sociedades que por su forma y la actividad que han de tener, están pensadas para las entidades financieras ya que al ser su capital social como mínimo de 15 millones de euros y además tener que cotizar en Bolsa, no está al alcance de cualquiera el poder constituir una.

La idea, desde un principio de justicia social y como manera de evitar situaciones tan desagradables como tener que echar a la calle a familias enteras que no pueden pagar sus hipotecas, no está nada mal pensada. Es cuando nos vamos adentrando en los detalles cuando uno llega a la conclusión: ¡CUANDO SEA MAYOR QUIERO SER BANCO!

Efectivamente, se trata de sociedades en los que al menos un 80% del valor del activo han de ser bienes inmuebles de naturaleza urbana destinados al arrendamiento. Y bajo determinadas condiciones, los arrendamientos de estas sociedades se pueden materializar como arrendamientos con opción de compra que tributen al mismo tipo de IVA que las compraventas de inmuebles a plazos. ( 7 o 4% frente al 16% anterior)

Y como ya digo, esto está bien. Es una manera de que la cartera de inmuebles que tienen las entidades financieras en stock como consecuencia del impago de sus clientes vuelva al mercado inmobiliario. Una vez me he quedado con la casa de mi cliente moroso, ahora se la alquilo con opción de compra y lo tengo pagándome la casa de por vida, solo que en vez de letras de hipoteca, me cobro letras de alquiler y me evito tener que echar a una familia a la calle con todo lo desagradable que eso es.

Hasta aquí parece que todo va bien.

La parte en la que ya no termino de entender el trato de favor es en los dos siguientes puntos:

1.) Los beneficios que estas sociedades especiales de los bancos y cajas tengan, tributarán al 18% frente al 25-30% al que tributan el resto de las sociedades en general. ¿Por qué? Vale, admitimos pulpo como animal de compañía y aceptamos que tributen de esa manera tan estupenda por la función social que hacen de evitar desahucios y permitir a la gente que no tiene con qué pagar su hipoteca, permanecer en su casa como inquilino.
2.) Los socios personas físicas han de recibir obligatoriamente (caso de que haya beneficios) un dividendo todos los años. DIVIDENDO QUE ESTÁ TOTALMENTE EXENTO SIN LIMITE DE NINGUNA CLASE

Toma del frasco carrasco, ¿Dónde está aquí la función social de cualquier tipo que se le presume a los tributos?
De modo, que como ya digo, yo de mayor quiero ser Banco o Caja. Y es que la situación es la que sigue.

Gano un montón de dinero dando hipotecas con dinero barato durante la época de las vacas gordas. Ahora vienen las cartas mal dadas y me encuentro con que no puedo recuperar el dinero que presté y tengo un montón de viviendas con las cuales no se qué hacer.

Sin problema. Me crean unas sociedades que por sus características solo puedo constituir si soy una entidad financiera. Pongo los inmuebles en alquiler, y si los pongo en alquiler con opción de compra me bajan el IVA, que para eso soy una entidad financiera. Además, los beneficios que tenga por esta nueva actividad me tributan entre 7 y 12 puntos menos que al resto de los mortales y si además en algún momento necesitara inyectarle a mi SOCIMI un dinero extra, le digo a mis clientes que inviertan en la misma comprando acciones pues los dividendos que les voy a dar no van a tributar nada en absoluto, da igual cuánto sean esos dividendos.

Ya os digo, de mayor quiero ser Banco y si fuera una chica, una Caja.

Antonio Robles Jara
Abogado y asesor fiscal de www.serveco.es
antoniojara@serveco.es

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